- ¿Qué opina de la ley que establece un protocolo médico para los abortos no punibles?- La Argentina está adherida, no sólo desde el punto de vista formal, sino desde la profundidad de lo que son los derechos humanos, a tratados internacionales y a la declaración Universal de Derechos Humanos. Esos conceptos básicos del sentido de la vida, la protegen desde la concepción. Por lo tanto desde ese punto de vista no de una consideración o creencia religiosa de por sí válida, sino desde la defensa de la vida, existe desde la concepción del seno materno.Por lo tanto yo estoy absolutamente en contra de todas las formas del aborto y de las regulaciones que implica el aborto. Es cierto, el Código Penal argentino prevé algunas formas de aborto. Esto tiene una regulación que supera los 80 años.Pero mi posición de quien vive y quien no vive es una decisión que no pueden tomar otros seres humanos.- ¿Qué se hace con ese artículo que está vigente?- Yo entiendo que debería reverse atento la Declaración Universal de Derechos Humanos, que tiene un carácter de legislación superior a los códigos de fondo de la legislación argentina. Esa es una adecuación que debe hacerse en un análisis social integral y específicamente a nivel de las Cámaras Legislativas (Senado y Diputados).
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