Demanda: la demanda no sólo alcanza a los periodistas Juan Carlos Martínez, Flavio Frangolini y Gustavo Laurnagaray sino que también a los propietarios de la empresa Nexo (donde se imprime la revista), el editor y periodista Ricardo Di Nápoli y su esposa, Alicia Depetris (a cuyo nombre está la firma comercial). En la mañana de hoy se producirá la audiencia de conciliación en la demanda civil que realizó el ex ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad y reciente intendente electo de la capital pampeana, Juan Carlos Tierno, contra los periodistas de la revista “Lumbre” y contra la imprenta Nexo, del editor Ricardo Di Nápoli.La causa está en el juzgado Civil Nº 2 a cargo de María del Carmen García. La demanda de Tierno contra los periodistas y el imprentero es una secuela de la demanda penal de la que salieron absueltos los primeros. Luego que la jueza Verónica Fantini absolviera a los periodistas (además pidiera que se investigara al funcionario por la compra de un campo), Tierno inició una demanda civil en la que reclama 30 mil pesos por “daños y perjuicios”.La demanda no sólo alcanza a los periodistas Juan Carlos Martínez, Flavio Frangolini y Gustavo Laurnagaray sino que también a los propietarios de la empresa Nexo (donde se imprime la revista), el editor y periodista Ricardo Di Nápoli y su esposa, Alicia Depetris (a cuyo nombre está la firma comercial).Tierno ya terminó su derrotero en la causa penal, cuyas sucesivas apelaciones fueron rechazadas en el Superior Tribunal de Justicia y en la Corte Suprema de Justicia. Esos tribunales nunca entraron en la demanda propiamente dicha sino que en un caso operó la prescripción (Superior Tribunal) y en otro la improcedencia del fuero (Corte Suprema).El ex ministro Tierno querelló a los periodistas por un informe sobre un incremento patrimonial durante su función en el directorio del Banco de La Pampa y por la compra de un campo, realizada a un vecino de un inmueble propiedad de Tierno en la zona de El Durazno y a la vez deudor del BLP. La juez Fantini absolvió a los periodistas porque consideró probados los hechos. Y además giró la causa a una fiscalía para que se investigue si Tierno incurrió en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública: aunque la fiscal pidió que se promoviera una acción penal, el juez Pablo Balaguer archivó la causa porque consideró que Tierno cuando era director del BLP por el capital estatal no era funcionario público.
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