El diputado nacional por la Provincia de La Pampa Santiago Ferrigno afirmó que el ex subcomisario Luis Patti "no es digno de ser miembro de la Cámara de Diputados de la Nación".
Explicó que además la Constitución "prevé dos instancias de análisis de la idoneidad de un diputado por parte de la Cámara de Diputados; la del artículo 64 para el momento previo a su asunción donde se especifica que `cada Cámara es juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros en cuanto a su validez' con el antecedente del genocida Domingo Bussi, y la del artículo 66, para el momento en que ya se encuentra formando parte del cuerpo, donde cada Cámara hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, y hasta excluirle de su seno; pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para decidir en las renuncias que voluntariamente hicieren de sus cargos, como es el caso del ex diputado Angel Luque".
El ex concejal de General Pico aseguró que Patti "no tiene que asumir como diputado nacional, la decisión de la Cámara debe ser no tomarle juramento. No obstante, desde el Congreso se van a realizar todas las consultas pertinentes a los distintos Organismos de Derechos Humanos Internacionales, porque ellos recomiendan expresamente que los acusados o condenados por delitos de lesa humanidad no integren ninguno de los tres poderes del Estado.
Ferrigno, que fue cofirmante del diputado Remo Carlotto en una de las impugnaciones a la aprobación del diploma de diputado electo de Patti, manifestó además que sólo sosteniendo "con firmeza este tipo de decisiones, la sociedad argentina puede mirar para adelante sin ningún cargo de conciencia con respecto al pasado".
fuente: La Reforma
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